El Real Decreto 1106/2020, además de definir el proceso de certificación de Consumidor ElectroIntensivo, establece un mecanismo de compensación a los Consumidores Electrointensivos de los cargos por la financiación de la retribución específica a renovables y cogeneración de alta eficiencia y por la financiación adicional en los territorios no peninsulares.
Objeto de las subvenciones
El dicho mecanismo tiene como finalidad compensar la financiación de apoyo para la producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración de alta eficiencia y compensación del extra coste en los territorios no peninsulares.
¿Cómo puedes conseguir estas subvenciones?
Beneficiarios
El RD 1106/2020 define los beneficiarios de las dichas ayudas las empresas privadas que cumplan los siguientes requisitos:
- – Estar en posesión de la certificación de consumidor electrointensivo.
- – Operar en un sector o subsector que pertenezca a uno de los códigos CNAE incluidos en el anexo del mismo RD 1106/2020.
- – Acreditar haber soportado los cargos en los precios del suministro de electricidad correspondientes al año anterior al de la convocatoria.
Obligaciones de los beneficiarios
Para poder pretender a la consecución de las subvenciones a consumidores electrointensivos, dichos candidatos tendrán que cumplir las siguientes obligaciones:
- – Se deberá disponer, antes del 16 de diciembre de 2022, de un sistema de Gestión de la Energía auditado y certificado según la norma UNE-EN ISO 50001:2018.
- – De la auditoría energética realizada según el RD 56/2016, se deberán realizar las actuaciones para la mejora del desempeño energético que puedan ser consideradas económicamente rentables (recuperación de la inversión inferior a 3 años).
- – Se remitirá un informe sobre las medidas implantadas y el detalle de los consumos energéticos, producción ratios de consumo etc., cada año durante al menos 3 años. Así, se informará sobre las MAEs puestas en marcha, los ahorros conseguidos junto con la presentación de los proyectos de I+D+i directamente relacionados con la mejora de la eficiencia energética.
- – Se deberá justificar que al menos un 10% del consumo anual de electricidad sea de origen renovable, contratada con una duración mínima de cinco años.
nivel de subvención
Las subvenciones se repartirán de manera igualitaria entre todos los solicitantes, dentro del límite del importe total consignado en la Ley de Presupuestos Generales del Estado.
Para cada consumidor electrointensivo, la intensidad de la ayuda no podrá superar el 85 % de los costes subvencionables.
¿Como y hasta cuándo se pueden presentar solicitudes?
Las solicitudes se deben realizar mediante la sede electrónica en la página web del MINCOTUR, y se podrán tramitar hasta el 20 de julio de 2021.